Banner Cursos CEF.- Tributación

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

Tramos de IRPF en CBs y autónomos.

Hola,
Mi marido y yo estamos pensando en abrir un negocio por internet. Hemos pensado que la manera más sencilla de hacerlo es creando una comunidad de bienes y uno de los 2 se dará de alta como autónomo y el otro será un socio capitalista.
A la hora de declarar nuestros ingresos, nos surgen dudas sobre las retenciones de IRPF. Estas retenciones van en tramos que llegan incluso al 43% (a partir de una facturacion de más de 53.000€ anuales).
Sea como sea, el autónomo retiene un 15%, verdad?
Tenemos una laguna aquí en medio... cual sería nuestra retención?? Por que hay tanta diferencia entre la CB y un autonomo? O no estamos hablando de las mismas retenciones?
La cuestión es que nos gustaría saber si es mejor funcionar como autónomos y facturas cada uno o montar una CB.
Muchisimas gracias.
Un saludo!

Hola Womee,

En primer lugar,decirte que lo más impoortante, a mi entender, que has obviado es decirnos que tipo de actividad vas a ejercer, independientemente que tu vía de negocio sea la de internet. Te digo esto, porque en función de la actividad a la que te vayas a dedicar conviene estudiar en que tipo de regímenes fiscales encajas mejor.

Pero sobre el asunto de la CB y la duda que tienes en cuanto a los ingresos, te resumo brevemente el funcionamiento de las CB. Las CB funcionan por el sistema de atribución de rentas en función de la aportación de cada uno de los socios. Modelo 184 que debes presentar en Hacienda en el mes de Marzo. De esta manera quien factura es la CB, y tanto los ingresos como los gastos se repartirán en función de dicha participación. Es decir, por ejemplo 50% para cada uno, 60% / 40%.

Por último, respecto a la retención, los rendimientos de actividades profesionales y empresariales (art 93 RIRPF) establece que, cuando los rendimientos sean contraprestación de una actividad profesional, se aplicará el 15% sobre los ingresos íntegros, exceptuando los profesionales que comiencen su actividad, que el tipo será del 7%.

Espero que te haya servido de ayuda, pero creo que lo importante es saber que actividad vas a ejercer.

saludos.