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IMPUESTO DE DONACIONES PADRE/HIJO

Hola,
tengo 24 años y vivo en Madrid. Mi padre quiere donarme un apartamento en la misma ciudada. Está escriturado en 1997 por 4 millones y quisiera saber qué gastos va a suponer la operación al donante y a la donataria. Ya sé que la escritura a de volver a hacerse y que esos son los gastos de notarios, pero, ¿qué impuestos afectan a cada una de las partes? ¿Los dos debemos pagar a hacienda algo? ¿No se supone que en la Comunidad de Madrid este impuesto está suprimido?
He leído que los gastos serían: escritura notarial y registro de la propiedad y el impuesto del beneficiado, que para calcular su cuantía parte del valor de lo donado, que habrá de ser consignado en la escritura. A ese valor se le aplica un tipo que no es fijo, como en las compraventas, sino que es como el del I.R.P.F., progresivo y por tramos. Comienza en el 7,65% y acaba en el tipo marginal del 34%. Como se puede comprobar, se trata de un impuesto que puede alcanzar cantidades elevadas a poco que lo donado tenga un cierto valor. El plazo de abono es de treinta días hábiles desde la fecha de la escritura.

Si el piso se escritura de nuevo por un valor aproximado de 150.000 euros... ¿cuánto deberíamos pagar de impuestos cada parte?
Gracias,