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Actividad profesional - asesoría contable/fiscal

Buenas noches a tod@s.
Esta es mi primera intervención en este foro. Después de leer tantas respuestas tan interesantes, lanzo una pregunta al aire.
Se trata de una nueva actividad:
1.- Se da de alta la actividad profesional de economista para, en principio, realizar la actividad desde una habitación de la vivienda habitual.
2.- Después surge la posibilidad de prestar servicios a varias empresas que se encuentran en un mismo local de oficinas, lo cual lleva casi todo el día.
3.- Se propone comprar el mobiliario y equipos informáticos de un despacho para realizar esta actividad, a cambio de ocupar un espacio en el local. Es decir, no hay contrato de arrendamiento.
Varias preguntas:
a) Hay un mod.036 con la declaración del local afecto de la vivienda. ¿Habría que añadir como un segundo local el despacho de las oficinas?
b) ¿Se podría justificar la actividad en los dos locales, uno por la mañana y otro por las tardes, por ejemplo, a efectos de gastos deducibles?
Gracias anticipadas.

Asi a vuelapluma, entiendo que lo que comentas es factible, sin embargo creo que te puedes encontrar con problemas.

Evidentemente, lo asimilaria a los casos en los que se desarrolla actividad en dos sitios diferente de la misma provincia. Solo hay que mirar IAE para entender que esto es posible.

Sin lugar a dudas tu tienes dos locales en los que desarrollas tu actividad y por ellos tienes derecho y obligaciones.

Recuerda que en el mundo del derecho es imprescindible la prueba y por lo tanto tanto ese alquiler de una habitacion de tu vivienda habitual como el alquiler del local en las oficinas DEBES JUSTIFICARLOS,... ten en cuenta que estos alquileres tienen mucha repercusion en muchos IMPUESTOS, lease... IVA ( tu mismo tendrias q soportar iva y repercutirtelo al ser arrendador, y para ello NECESITAS FACTURA.....) tema IBI, etc... etc...

Como te digo para que el gasto sea deducible necesitas JUSTIFICACION, caso similar te pasaria con el arrendamiento del local a cambio de la compra de material, eso asi en frio, no tiene justificacion y te arriesgas a que te crujan si lo metes, evidentemente tienes la opcion de no declararlo, ni alquiler ni la compra, pero si lo haces, si declaras el uso en alquiler de ese local en ele edificio de oficinas, debe HABER documento que justifique el alquiler, alquiler que en vez de un pago periodico sera de un pago UNICO, y en especie, pero si tiene que quedar claro es por el PERIODO DE TIEMPO QUE SE ESTABLECE, esto ademas de a efectos fiscales te podra venir bien a efectos practicos, para evitar posible conflictos con tus inquilinos.....

lo dicho todo lo que propones es factible, pero sin olvidar que necesitas JUSTIFICACION, o hablando en plata papeles.... que si no......