Modelo 130 para autónomos
Hola,
Mi mujer va a abrir una tienda de ropa al por menor. En el mes de Noviembre se ha dado de alta como autónoma en régimen de estimación directa simplificada, acogida al recargo de equivalencia, así como en el IAE, en el epígrafe correspondiente. Debido a la demora de las obras de acondicionamiento del local no le será posible abrir hasta mediados de Enero de 2009.
Los conceptos en gastos acometidos hasta la fecha, acreditados con factura, son los siguientes:
- Pago por Licencia de Obra en el Ayuntamiento
- Proyecto visado por el Colegio de Arquitectos
- Material de construcción
- Material para la instalación eléctrica y fontanería
- Pago al constructor
- Equipamiento informático
- Mobiliario
- Cuotas de autónomo
Aunque la tienda no ha tenido actividad en 2008, se que entre el 1 y el 20 de Enero de 2009 se ha de presentar el modelo 130 por el trimestre anterior y quisiera saber si estos gastos se consideran fiscalmente deducibles, así como si estas partidas de gastos se incluirían con IVA o sin él. También, en caso de poder deducirlos, quisiera saber si se deducen de una sola vez o hay que repartirlos a lo largo de varios ejercicios.
Por último, y puesto que la obra no está terminada, mi mujer tiene la posibilidad de que algunas de estas facturas sean fechadas a la finalización de dicha obra, con lo cual corresponderían a un trimestre y un ejercicio diferente, en el que ya habría ingresos procedentes de la propia actividad de la tienda, y mi pregunta en este caso, es si esto le resultaría más beneficioso fiscalmente.
Muchas gracias.