Asturias establece más deducciones para frenar la despoblación
El Boletín Oficial del Principado de Asturias ha publicado la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, que aprueba los Presupuestos Generales el Principado para 2021 y que contiene novedades tributarias en el ámbito del IRPF, incluyendo varias deducciones, y respecto de la gestión tributaria que pasamos a reseñar.
IRPF
- Deducciones para incentivar el traslado a zonas rurales en riesgo de despoblación:
Se amplía la deducción por arrendamiento de vivienda habitual contemplando un nuevo supuesto para el supuesto de arrendamiento en zonas con riesgo de despoblación, en los que se podrá aplicar una deducción del 20% hasta 700 euros.
Se añade otra deducción para la adquisición o arrendamiento de vivienda habitual en zonas rurales con riesgo de despoblación por contribuyentes hasta 35 años, familias numerosas y monoparentales. Se aplicará una deducción del 10% en la cuota íntegra autonómica con una base máxima de 10.000 euros, deducción que resultará aplicable en el periodo que se adquiere o inicie la rehabilitación de la vivienda.
Se aplica una mejora en las deducciones por los gastos de descendientes en centros de 0 a 3 años para los contribuyentes que residan en dichas zonas, que se incrementa hasta el 30% con un límite de 660 euros anuales.
Se duplica la deducción por gastos de transporte público para residentes en zonas rurales con riesgo de despoblación, que alcanza los 100 euros.
- Deducciones en materia de vivienda:
Además de las medidas aludidas en el apartado anterior, la norma aumenta la deducción por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida, que pasa a tener un límite de 5.000 euros, frente a los 113 vigentes hasta al año anterior. En el caso de que la cuota íntegra del contribuyente no fuera suficiente para aplicar la deducción, la misma podrá aplicarse hasta en los tres periodos impositivos siguientes hasta agotarse.
- Deducciones por I+D+i
Se establece una nueva deducción para el contribuyente que por cuenta propia o ajena desarrolle una actividad de investigación y desarrollo en el ámbito científico o técnico. Esta deducción de 2.000 euros requiere que el contribuyente se incorpore al mercado laboral en los tres años posteriores a la finalización de su formación académica y que se trate de residentes habituales en Asturias.
Quienes para el desarrollo de estas actividades de investigación y desarrollo trasladen su domicilio fiscal al Principado podrán aplicar una deducción del 15% hasta 2.000 euros en los gastos ocasionados por el traslado (viaje, mudanza, escolarización, adquisición o arrendamiento de vivienda habitual) siempre que no haya sido residente en Asturias en los cuatro años anteriores y mantenga posteriormente su residencia tres años adicionales al del propio traslado.
- Deducción para los perceptores de subvenciones derivadas de la COVID-19:
Se añade una deducción por la obtención de subvenciones para paliar los efectos de la COVID-19. Esta deducción está destinada a aquellos contribuyentes que hayan obtenido ayudas o subvenciones que deban integrarse en la base imponible del impuesto. El importe de la deducción será el resultado de aplicar el tipo medio de gravamen sobre el importe de la subvención integrado en la base liquidable autonómica.
GESTIÓN TRIBUTARIA:
Se permite el fraccionamiento o aplazamiento de las deudas tributarias sin interés de demora hasta diciembre de 2021 para autónomos, pymes y microempresas especialmente afectados por el cierre de actividades o que sin haber suspendido su actividad han sido incluidos en las convocatorias de ayudas y/o subvenciones del Principado. Se exceptúan los supuestos en los que la autoliquidación se presente de forma extemporánea o cuando la solicitud se presente transcurrido el periodo voluntario de pago.
TRIBUTOS SOBRE EL JUEGO:
Respecto de la tasa fiscal sobre el juego, se amplían los supuestos que dan lugar a exención sobre las rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias. También se regula en liquidación y pago de la tasa en la modalidad de máquinas teniendo en cuenta los periodos de rcicio de la actividad y las bajas temporales.