Autos y sentencias publicados por el Tribunal Supremo durante la segunda quincena de noviembre de 2021
Enviado por Editorial el Vie, 26/11/2021 - 11:37
Durante la segunda quincena de noviembre de 2021, el Tribunal Supremo ha publicado diversos pronunciamientos de especial interés. Entre las distintas sentencias destacamos:
- La comunicación de la Administración ante la solicitud de declaración formal de caducidad del procedimiento de comprobación limitada constituye una mera comunicación no susceptible de reclamación económico-administrativa
- Valor probatorio de las cuentas anuales: lo establecido en unas cuentas objeto de reformulación no hacen fe por sí solas ni mantendrían la presunción, que no sería fáctica, a los efectos de imputar en el IS a un ejercicio u otro
- A efectos de aplicar la reducción del 95 por 100 en la base del ISD por transmisión de una empresa familiar, no se exige mantener durante diez años la misma actividad económica a la que estaba destinada
- Para considerar un terreno como edificable a los efectos de la exención del IVA se tendrá en cuenta la calificación y realidad urbanística e incluso una apreciación global de las circunstancias, incluida la intención de las partes
- No reducen la base imponible del IEDMT los descuentos practicados por el fabricante, en el ámbito de su relación comercial con un concesionario, de un medio de transporte con posterioridad al devengo
- El agente de aduanas que asume la representación directa no puede considerarse obligado tributario por la deuda aduanera y el aval prestado por este no puede ejecutarse para hacerla efectiva, al no haber sido declarado responsable tributario subsidiario
Entre las nuevas cuestiones que se plantean al alto tribunal, consideramos de interés las siguientes:
- ¿Las cantidades percibidas por los eurodiputados tras cesar en sus funciones con origen en el «régimen voluntario de pensión complementaria» deben tributar en el IRPF como rendimientos del trabajo o del capital?
- ¿Cabe la deducción del IVA soportado por el asesoramiento legal en el marco de operaciones no sujetas o sujetas y exentas, si dicho servicio legal reportó un beneficio económico en general?