Nuevas deducciones en el IRPF e IS y otras medidas tributarias que favorecen el desarrollo sostenible y el medio ambiente aprobadas en Alava
Alava aprueba una serie medidas de incentivación fiscal de actividades relacionadas con el medio ambiente y el desarrollo sostenible: fomentando la movilidad eléctrica así como el uso de energía eléctrica solar fotovoltaica para el suministro de energía.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy se ha publicado la NORMA FORAL 24/2021, de 17 de noviembre, de medidas fiscales relacionadas con el medio ambiente y otras medidas tributarias, cuyo objeto es precisamente adoptar medidas de incentivación fiscal de actividades relacionadas con el medio ambiente y el desarrollo sostenible, así como otras medidas tributarias.
Por lo que se refiere al medio ambiente, se fomenta el uso de las bicicletas urbanas, propiedad de la persona empleadora, para los desplazamientos de las personas empleadas entre su lugar de residencia habitual y el centro de trabajo y viceversa de manera que, cumpliendo determinadas condiciones, su utilización no tendrá la consideración de rendimiento de trabajo en especie en el IRPF.
Se introducen reglas específicas en el IRPF y en IS en materia de determinados gastos relacionados con vehículos eléctricos de batería y vehículos eléctricos de batería extendida.
Por otra parte, se crean dos nuevas deducciones en el IS, una referida a la adquisición de bicicletas para ser utilizadas por el personal trabajador para desplazarse desde su residencia habitual al centro de trabajo y viceversa y otra relacionada con la inversión en puntos de recarga de vehículos eléctricos.
En el IRPF se crea una nueva deducción relacionada con la aportación a cooperativas para la adquisición de instalaciones de generación de energía eléctrica solar fotovoltaica para suministro de energía a la vivienda habitual.
Respecto a las inversiones en tecnologías limpias que redundan en beneficio del medio ambiente, se amplía el actual límite de deducción pasando del 35 por ciento al 50 por ciento.
Por lo que se refiere a otras medidas tributarias, se introducen modificaciones en relación a la imputación temporal de cantidades relacionadas con la compensación de pérdidas de la producción agrícola derivada de la contratación de seguros agrarios, en relación a la granizada sobre cultivos producida en junio de 2020.
Finalmente se establecen medidas relacionadas con la explotación de fincas forestales gestionadas de forma sostenible.