Selección de jurisprudencia. Enero 2023 (1.ª quincena)
Enviado por Editorial el Mar, 10/01/2023 - 11:56
- El Derecho de la UE se opone a un impuesto sobre actos jurídicos documentados que grave la remuneración de los bancos por los servicios de comercialización de nuevas suscripciones de participaciones en fondos comunes de inversión
- La Directiva 2003/96 se opone a denegar, de forma automática la exención del impuesto de la electricidad solicitada dentro del plazo de liquidación aunque el solicitante no haya respetado el plazo para la presentación de tal solicitud
- Vulnera del derecho a la tutela judicial efectiva la notificación electrónica únicamente por parte de la Agencia Tributaria si ésta resulta infructuosa
- La AN modifica su criterio y resuelve que la producción de software, salvo excepciones, no puede considerarse incluida en el concepto de ingeniería de procesos de producción, ni tampoco en el de diseño industrial
- La Inspección ha aplicado "automáticamente" la mediana, sin explicar y razonar la concurrencia de "defectos de comparabilidad", carga que le corresponde, por lo que debe aplicarse el rango inferior intercuantílico
- La AN confirma que la valoración indiciaria realizada por la Administración tributaria permite sostener razonadamente que la apariencia de préstamo encubría una ampliación de capital
- La Inspección puede acudir a los valores ya comprobados por la Junta de Castilla y León en unas actuaciones de comprobación de valores seguidas en relación con uno de los adquirentes de los inmuebles
- Como la entidad no tiene su domicilio en España, no puede ser la sociedad dominante de un grupo fiscal, de modo que las sociedades que integran ese grupo deben tributar de forma individual
- Quien ostenta la firma electrónica de una sociedad es quien la representa, por lo tanto, no es necesario acreditar la representación de la entidad utilizando los medios que la Administración sugirió en su requerimiento de subsanación
- Aunque la liquidación del IIVTNU no es firme esta debe confirmarse, pues el recurso es posterior a la STC 182/2021 y se debe excluir los efectos de su fallo y el sujeto pasivo no acreditar la posible minusvalía del terreno