Donación recíproca de inmuebles
Hola, soy nueva en este foro y estoy bastante perdida.
Nosotros tenemos un piso y nuestra única hija tiene otro. Por motivos de salud nosotros vivimos en el piso de nuestra hija y ella en el nuestro y queremos regularizar la situación. Nos informaron en Hacienda que podía ser por donación, permuta o compraventa, que hiciesemos cuentas y tomaramos lo que mas nos interesara. Después de hacer cuentas lo que mas nos interesa fiscalmente es la donación y aquí surge el problema. Un notario nos informa que no se puede hacer una donación recíproca, porque Hacienda nos puede decir que eso es un cambio de viviendas y otro notario nos dice que podemos hacer las donaciones cuando queramos porque la donación existe y uno con sus bienes hace lo que quiere y se los da a quién quiere y cuando quiere. Llegados a este punto preguntamos en la Consejería de Hacienda de nuestra Comunidad y nos dicen que si el notario nos ha dicho que se puede hacer, qué que problema hay.
Alguien me puede aclarar si podemos o no hacer donaciones recíprocas.
Muchas gracias
Poder, claro que se
Poder, claro que se puede.
Problema? Hacienda, independientemente de lo que tú le digas, te va a exigir el impuesto por la naturaleza jurídica que ella descubra o interprete de lo que estás haciendo.
Traducido a tu caso: si haces dos escrituras de donación recíprocas, están bien hechas y su efecto se produce, es decir, la transmisión recíproca de la propiedad de los pisos. No obstante, hacienda va a interpretar, seguramente, que lo que estáis haciendo es una permuta de inmuebles, para eludir el impuesto que correspondería (ITP) y pagar el ISD. En vuestro caso, yo haría las escrituras difiriéndolas en el tiempo lo más posible, es decir, no simultáneas, porque sino, con toda seguridad, va a cantar demasiado
Pues ahora sí que estoy perdida
En primer lugar, gracias por tu respuesta, pero la verdad es que me quedo bastante preocupada porque después de haber consultado con cuatro notarios, los cuatro han coincidido en que se puede hacer a la vez, que es perfectamente legal. Según me explicaron hay tres maneras de transmitir los bienes: la donación, la permuta y la compraventa y que cada uno se acoge a lo que mas le interesa, y espero que tengan razón porque vamos a firmar en unos días.