para sifte
He visto que has comentado en otro asunto sobre el no darse de alta en el IAE 826 para formación, y que no pasa nada si ejerces esta actividad de manera esporádica, te refresco "En opinión de la Dirección General de Tributos, según resoluciones emitidas, no estarías ejerciendo una actividad económica.
Por tanto, no eres empresario ni a efectos del IAE, ni del IRPF (lo establece expresamente) y del IVA (que además, las operaciones de enseñanza están exentas). Para que seas empresario tendrías que ejercer la actividad de forma habitual.
Este tema lo tengo bastante trillado ya.
Es totalmente conforme a la normativa, no hay nada de irregular. No tiene nada que ver que supere o no los 3000 euros anuales de volumen de negocio.
Te comento mi situación, aunque está ya en el foro, yo soy funcionaria por las mañanas y me ha salido dar algunas clases para preparar oposiciones, en total 5 horas a la semana. Ellos me van a retener el 7% y cuando he ido a Hacienda a darme de alta en el IAE 826, me han comentado que ellos comunican este inicio de la actividad a la Seguridad Social y seguramente me requerirán que cotice al RETA.
Por lo que comentas no debo comunicar nada al no ser mi actividad habitual, pero en la declaración del año que viene donde reflejo este IRPF, en rendimientos del trabajo o en rendimiento de actividades económicas? Me podrías decir que resolución emitida de la dirección general de tributos se refiere a este tema? Es por si tuviera problemas basarme en algo. Gracias