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PERMUTA INMOBILIARIA DE DOS SUJETOS PASIVOS DEL IVA AÑO 2008. RESOLUCIÓN DE LA PERMUTA Y REVERSIÓN. SEGUNDA PARTE DE LA CUESTIÓN

EN EL DÍA DE AYER HIZO UNA CONSULTA RELATICA A PERMUTA INMOBLIARIA DE DOS SUJEROS PASIVOS DEL IVA, CON PARALERA AÑO 2008 DE 68.000 EUROS Y SANCIONADOR. LA SEGUNDA PARTE O CUESTIÓN ES LA SIGUIENTE:

EN EL AÑO 2009 LA PERMUTA ANTEDICHA SE RESUELVEN CON REVERSIÓN DE LOS BIENES ENTREGADOS. LA CUESTIÓN QUE OS PLANTEO ES LA SIGUIENTE:

"NO PODRÍAMOS PALIAR LA LIQUIDACIÓN IVA 2008 SOLICITANDO DE LA AEAT LA AMPLIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN AL AÑO 2009?".-

LA REALIDAD DEL ASUNTO ES QUE EL IVA TENDRÍA QUE SER NEUTRO PERO POR LA MECÁNICA DEL PROPIO IVA Y DEL PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN PARECE QUE TIENES QUE ABONAR AHORA LO QUE TE COMPENSAN DESPUÉS. LO QUE ES ABSURDO.- ¿QUÉ OS PARECE?