Pagos fraccionados
Una Entidad de Reducida Dimensión, cuyo período impositivo comienza el 1 de octubre y termina el 30 de septiembre, quiere determinar el importe de los pagos fraccionados del período impositivo iniciado en 200X según el método que más se corresponde con los datos actuales, es decir, según la renta que obtiene.
Cuestiones:
1. ¿Qué plazo tiene para manifestar su opción y cómo ha de realizarla? y ¿Cuándo se habrán de efectuar los distintos pagos a cuenta?
2. ¿Cuál será su importe si sabemos que el sujeto pasivo tiene una base imponible negativa pendiente de compensar de 6.000€, generada en el período impositivo anterior, y que el detalle de sus ingresos y gastos es el que se expone a continuación?
10/0X 11/0X 12/0X 1/0X+1 2/0X+1 3/0X+1 4/0X+1 5/0X+1 6/0X+1 7/0X+1 8/0X+1 9/0X+1
Ingresos 120 90 126 138 126 108 126 126 102 138 120 120
Gastos
Deducibles 102 96 108 102 90 108 90 90 114 102 102 102
BASE IMP 54 -6 18 30 36 0 18 6 -12 36 18 18