Declaración bienes heredados
Buenas tardes,
mis padres fallecieron con anterioridad al 2009. Luego del fallecimiento de mi madre en 2008 mis hermanos y yo rellenamos todos los documentos correspondientes a los impuestos de sucesiones y declaración de herederos (en Canarias), pero aún no hemos cambiado ninguna propiedad de nombre. Mi madre tenía en propiedad la vivienda habitual y una segunda vivienda. Somos tres hermanos, ¿cada uno debería declarar 1/3 de esa vivienda en el apartado de bienes inmuebles? ¿habría que considerar un apartado especial para esto?
Por otro lado, mi madre también tenía un local en propiedad que está alquilado desde hace bastantes años, por lo que en el contrato mi madre sigue figurando como arrendataria, y a efectos de hacienda es ella la que ha cobrado el alquiler. Este alquiler siempre se ha declarado a hacienda. Este año esta ganancia la tendríamos que declarar mis hermanos y yo, ¿lo haríamos de la misma forma, 1/3 cada uno en el apartado de bienes inmuebles? ¿o hay algún tipo de apartado especial para este tipo de herencias?
Muchas gracias,
Ana.
Con la ley en la mano,
Con la ley en la mano, tendrias que declarar el alquiler si o si. Pedir el cif y todo para la herencia yacente.
Los otros dos inmuebles, imputacion de rentas. en un tercio.