IMPUTACION TEMPORAL ESTIMACION DIRECTA
Enviado por ASESORAR el Vie, 21/05/2010 - 16:12
HOLA.
TENGO UNA DUDA.
SE TRATA DE UNA PERSONA QUE ESTA EN ESTIMACION DIRECTA SIMPLIFICADA.
DIO BAJA A LA ACTIVIDAD EL AÑO PASADO. DURANTE PERIODO DE ALTA HIZO UNA FACTURA CON RETENCION QUE NO SE LA PAGARON Y ADEMAS ESTA RECLAMADA JUDICIALMENTE.
PUEDE OPTAR EN RENTA 2009 POR IMPUTACION TEMPORAL Y NO PONERSELA Y CUANDO LA COBRE IMPUTARLA EN EL EJERCICIO DE COBRO. NO HAY QUE PRESENTAR MODELO 037?. COMO SE DIO DE BAJA EL AÑO PASADO PUEDE HACERLO AUNQUE NO CUMPLA EL REQUISITO DE LOS TRES AÑOS QUE DICE LA LEY?.
EL PROBLEMA DE PONERLA EN EL AÑO 2009 ES QUE NO SE PAGARON LAS RETENCIONES Y SEGURO QUE LE LLEGARA UNA CARTA COMUNICANDOSELO.
GRACIAS.
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