Resultado negativo actividad economica
Tengo un problema con la declaración de IRPF de 2008 que aun no me han devuelto.
Mi esposa tenia un comercio menor de prendas de vestir. A finales de abril de 2008 decidimos cerrar la actividad porque le surgio trabajar por cuenta ajena, aparte de que la actividad fue en picado en los ultimos años. La fecha de cierre se estipuló el 30 de Junio de 2008, comunicando a la Consejeria de Comercio la venta en liquidación, relacionando las existencias que teniamos. La venta en liquidación comenzó al 50%, 70% y luego a precios unicos de 1, 3, 5 y 10 euros la prenda, ya que no se vendían a otro precio, vendiendo el resto final por una cantidad infima a personas que se dedican a la venta ambulante.
Realizadas las cuentas correspondientes nos salio una pérdida de 32.000 euros y como la actividad estaba en estimación directa simplicada pues la reflejamos en la declaración de IRPF correspondiente.
La Agencia tributaria despues de tener la documentacion que nos solicito durante 5 meses nos llama y nos contesta que no se puede vender por menos del coste y que no me pueden aplicar el rendimiento negativo de la actividad según el art. 28.4 de la Ley de IRPF.
Según ese artículo y la aclaración de la A.Tributaria, las ventas a menor coste se consideran a "valor de mercado", claro está que en la Agencia Tributaria me ha aplicado como valor de mercado el de existencias.
Es esto justo? He reclamado y no me han estimado nada. Debo recurrir al Tribunal Económico Administrativo para defenderme?
He de aclarar que en las ventas siempre ha habido una contraprestación, aunque a precios de liquidación, siempre ha habido una venta por dinero, y yo siempre he entendido esa venta como el valor de mercado para mi, ya que es el precio que el cliente abonaba, y que a los precios normales no se vendia el genero, aparte de la antigüedad del mismo, ya que las prendas de vestir pues creo que la moda o las tendencias, fijan el valor real de mercado.
Espero una ayuda, gracias.