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ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS

Buenas tardes:
Quisiera platear mi situación. Un empresario propietario de Bar ha realizado adquisiciones a Portugal (exento iva). Las adquisiciones al tratarse de alimentacion, bebidas... se aplica distintos tipos de IVA según el producto adquirido. A la hora de autorepercutir el IVA ¿debo tener en cuenta el tipo de producto comprado para aplicar el iva?. ¿En el modelo 303 en que casillas debo incluir estas adquisiciones en el Regimen General o en Operaciones Intracomunitarias? Entiendo que debe incluirse tanto en el IVA devengado y en el IVA deducible

Un saludo y Muchas Gracias