El valor del ajuar determinado por los herederos conforme a prueba pericial y testifical desvirtúa el valor legal que la ley atribuye
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede en Valladolid), en su sentencia de 22 de diciembre de 2011, admite como valor del ajuar el determinado por los herederos, menor que el valor que la ley le atribuye como regla general.
En este caso la prueba pericial y testifical han desvirtuado la presunción legal, pues se han referido a fecha próxima al fallecimiento, acompañando descripción exhaustiva de las propiedades comprendidas en la vivienda de la finada, 361 objetos descritos uno por uno en cuanto a su calidad, antigüedad, materiales y estado de conservación, características todas que presenta la prueba que acompaña a la demanda.
Hubiera debido comprobar la oficina liquidadora y motivar ella y el TEAR sus respectivas resoluciones, visto que la prueba aportada por las reclamantes ofrece visos sobrados de complitud y verosimilitud.