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347

En las facturas que tienen retencion de IRPF hay que declarar el importe de la base imponible mas el IVA o el total de la factura (base imponible mas IVA menos IRPF)

No las tienes que declarar.

En las instrucciones del 347 encontrarás este texto:

NO SE INCLUIRÁN, EN NINGÚN CASO, EN EL MODELO 347:
1.- Las siguientes operaciones realizadas por los obligados tributarios que desarrollen actividades empresariales o profesionales:
En general, todas aquellas operaciones respecto de las que exista una obligación de suministro de información periódico a la Administración
Tributaria estatal a través de declaraciones específicas diferentes al modelo 347 y, en particular, las siguientes:
- Aquellas cuya contraprestación haya sido objeto de retención o ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto
sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, así como cualquier otra operación o rendimiento que deba declararse a través
de los resúmenes anuales de retenciones e ingresos a cuenta de esos impuestos, modelos 190, 193, 194, 196, 180, 296, 187 y 188.