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Una gran duda sobre la deducción de vivienda habitual

Hola! Explico mi caso esperando una respuesta rápida que solucionen mis dudas. Gracias.

Compré un piso de segunda mano el 31 de Julio de 2006 en Estepona, el cual es mi vivienda habitual desde ese mismo día (me empadroné aquí, facturas de todos los gastos, mi trabajo está aquí y es fijo, etc.).

Mi pregunta es si al realizar la declaración de la renta el próximo mes de mayo la compra de mi piso ya podrá empezar a deducirme a pesar de que sólo estuve 5 meses del ejercicio 2006 viviendo en él.

En caso de que si pueda deducirme los gastos que me deducuría serían, según he leido, los del notario y registro, el impuesto de transmision de bienes patrimoniales y de las hipotecas de la junta de andalucia, primas de seguros obligatorios por ley (vida y el de la casa, conocidos popularmente así)y los derivados de la hipoteca (comision de estudio y apertura, los intereses en esos 5 meses y la cuota unida a esos intereses) además de otros que no se si me faltan. ¿Estoy en lo cierto en esto último que he escrito?¿Faltaría algún gasto que me pudiera deducir?

Finalmente debería presentar la documentación que justificara todos esos gastos, ¿verdad?

Si, puedes deducir por todos los gastos que comentas, con el límite de 9015,18 Euros por declaración.

A priori no tienes que presentar documentación alguna. Solo la presentarás posteriormente, en caso de que te requieran que justifiques la deducción.