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Exención po rreinversion menor de tres años

Compro una obra nueva en 2003, la cual escrituro en 2005, vivo efectivamente durante un año en la misma y la vendo en 2006 haciendo una hipoteca puente, comprando primero y vendiendola poco más tarde, reinvirtiendo la ganancia de la venta en la cancelación de hipoteca de la nueva vivienda, y me gustaría saber, aunque no haya vivido en esta vivienda durante los 3 años preceptivos, y haciendo la venta en la comunidad de madrid en la sierra, pretendiendo el acercamiento a mi trabajo y al colegio de mis hijos, situandome en Madrid capital para ello, ¿considera hacienda este caso como reinversión en vivienda habitual?, ¿como puedo justificar en caso negativo ante hacienda esta situación para poder tomarla como reinversión en vivienda habitual?, muchas gracias