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Ganancia patrimonial elementos adquiridos antes 31-12-94 para transmisiones desde 20-01-06

¡Hola!

No entiendo muy bien qué significa lo siguiente:

"Tratándose de contribuyentes fallecidos con anterioridad a 30-11-2006(fecha de entrada en vigor del régimen transitorio de reducción de las ganacias patrimoniales)los sucesores del causante podrán aplicar los coeficientes reductores o de abatimiento a la totalidad de la ganancia patrimonial obtenida aún cuando proceda de transmisiones efectuadas con posterioridad al 20-1-2006.En este caso,debe aplicarse la disposición transitoria novena del Texto refundido de la Ley del I.R.P.F. según su redacción vigente a 31-12-2005."

¿Pero esas transmisiones no tributarían por el impuesto de sucesiones,y,por tanto,no estarían sujetas al I.R.P.F.?
No sé muy bien qué aspecto quiere tratar este párrafo.

Gracias de antemano