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Consulta sobre deducciones (Vivienda)

Buenos días.

Ante todo mis disculpas por si la pregunta está repetida, aunque no he visto ninguna que se ajuste a mi caso en concreto.

Yo compré con mi mujer una vivienda en 1998 que ahora queremos vender para reinvertir el dinero en otra vivienda que será la habitual. Durante el año pasado he hecho pagos tanto para la hipoteca de nuestra vivienda actual como para la que estamos comprando. Tengo entendido que si la cantidad aportada para la nueva vivienda en 2006 supera todas las cantidades deducidas desde el año 98 por la vivienda actual podría deducirme entonces, como construcción de vivienda habitual, las aportaciones de la nueva vivienda (que me entregarán durante éste año). ¿Alguien podría confirmarme que ésto es así?

De paso, también os consulto sobre la plusvalía que obtenga por mi vivienda actual. El coste de mi vivienda actual es de 30.000 € y la venderé aprox., por 220.000 €. La Hipoteca es de 30.000 € también de los que ya he pagado 15.000 €. El coste de la nueva vivienda asciende a 354.000 € y de ese coste, si la pregunta del párrafo anterior es positiva, podré deducirme éste año 28.000 € de aportaciones a ésta nueva vivienda. ¿Por cuánto podré deducirme de la nueva vivienda? Y la última pregunta es si ese importe del que me pueda deducir lo podría empezar a hacer desde el año que viene y con el límite del importe que resulte de restar las deducciones aplicadas y la plusvalía reinvertida al importe total de la nueva vivienda.

Gracias anticipadas por vuestra respuesta y un saludo. Espero haberme explicado correctamente.

Un saludo.

¿Alguien puede ayudarme?

La respuesta a la primera pregunta es afirmativa. No podrás deducir por la nueva vivienda mientras las cantidades que inviertas en ella no superen las bases que hayas deducido en años anteriores por la anterior vivienda.

Así, teniendo en cuenta que tu vivienda tuvo un precio de adquisición de 30.000€, idéntico importe que el de la hipoteca y que todavía restaban unos 15.000€ en el momento de su cancelación, supongamos que desde la compra hasta la venta de la vivienda habías deducido por ella los otros 15.000€, en ese caso de los 28000€ invertidos en la nueva vivienda, podrías deducir 28.000 - 15.000= 13.000€.

Ahora bien, por la venta de tu antigua vivienda obtienes una plusvalía (que sin tener en cuenta coeficientes de actualización) es de aproximadamente 190.000€. Si decides aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual, no podrás deducir por tu nueva vivienda hasta que superes la suma de los 15.000€ descritos anteriormente y los 190.000€, es decir, hasta que superes los 205.000€. En este punto hay que tener en cuenta que, sólo en el caso de que apliques la deducción por reinversión en vivienda habitual, la plusvalía obtenida por la venta puede minorarse en el importe de la hipoteca pendiente de cancelación en el momento de la venta (los restantes 15.000€). En este caso, no podrías deducir por la nueva vivienda hasta que las cantidades invertidas en la misma no superasen la cantidad de 190.000€ = 15.000€ (bases deducidas anterior vivienda) + 190.000€ (beneficio obtenido por la venta) - 15.000€ (importe de la hipoteca pendiente de cancelar en el momento de la venta).

Espero que la respuesta te sea de utilidad.

Claro que ha sido de utilidad. Muchísimas gracias por la respuesta.

Un saludo.

compre en noviembre de 2008 a mi nombre un inmueble por primera vez en españa pidiendo un prestamo hipotecario de 93000 e, deseo saber todo lo deducible al respecto, tengo una niña y estoy enmparejado de hecho, deseo saber como debo declarar el primer año el piso y que conceptos, muchas gracias

debes declarar la compra de ese piso, ponerlo como que es tu vivienda habitual, es decir señalar como tu lugar de residencia ese piso, y puede deducirte por el, las cantidades pagadas por la hipoteca con un maximo de 9015 euros y un 15 % de estas cantidades.