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Devolver desgravaciones por no compra vivienda.

Hola.
Lo primero, mi nombre es Javier y paso a comentar mis dudas:

Mi novia abrió una cuenta vivienda en el 2002, aportando 9000 €. Posteriormente hizo otra aportación en 2003, de 7000 €. Este mismo año 2003 se metió en la compra de una casa (sobre plano, a la que llamaremos vivienda A), e hizo unos pagos, de los cuales se dedujo sobre otros 2000€ (en total 9000, con los de la cuenta vivienda). En 2004 no aportó nada a la cuenta vivienda, ya que lo metió todo en la compra de la casa. Y en 2005 metió 8400 € en la compra de la casa, últimos pagos previos a la formalización de la hipoteca. La entrega se demoró, y en vez de ser en 2005, fue en 2006 (Marzo).

El caso es que al final, se cedieron los derechos de compra de la vivienda A, a la constructora, ya que hubo cambio de planes y esa casa ya no interesaba. Por lo que la constructora devolvió todos los pagos que se habían hecho.
En este punto hay que recapitular, que la cuenta vivienda se abrió en Octubre de 2002, y en teoría tenía vigencia hasta 2005 (último año para poder aportar y desgravarse por ello), y por tanto, para no perder los beneficios de esas deducciones, había que comprar la casa, como muy tarde en 2006. También comento que todas las aportaciones hechas en la cuenta vivienda, se usaron para los pagos de la vivienda A.

Posteriormente a esto, y en el mismo 2006, se formaliza la compra de otra vivienda (Agosto), también sobre plano, que tiene prevista la entrega en Agosto de 2008 (pasamos a denominarla vivienda B). Para pagar la entrada, y los pagos hasta la firma de la hipoteca (entrega de llaves y escrituras), se está utilizando el dinero que se usó para la compra de la vivienda A, para la cual, se usó la cuenta vivienda.

El problema viene ahora, parece ser que como no han pasado 3 años desde que se compró la vivienda A (ya que ni siquiera se vivió en ella, porque nunca se llegó ni a escriturar), no se puede aplicar el concepto de “Reinversión en vivienda habitual”. Y consultado el tema con Hacienda (por teléfono), me dicen que mi novia tiene que devolver todas las deducciones desde el año 2002, tanto las de la cuenta vivienda, como las hechas por lo aportado a la vivienda A. Y que solo se puede deducir por las aportaciones de la compra de la vivienda B.

Mi duda es, ya que la compra real de la vivienda A, nunca se llegó a formalizar, por solo existir un contrato privado, que no se llegó a ejercer, no es legal que la compra de la vivienda B pueda servir como compra en tiempo razonable, y no tenga que devolver las deducciones de la cuenta vivienda? (es en el mismo año 2006). También tendría que devolver las deducciones por la compra de la vivienda A, a pesar de estar la B en proceso de compra?

En fin, que estamos hechos un lío…y no sé si después de este ladrillo, habré sabido explicarme claramente.

Un saludo a todos, y gracias por adelantado.