Novedades Legislativas

Proyecto de Orden por la que se modifica el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de las tasas judiciales

Proyecto de Orden por la que se modifica el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de las tasas judiciales

La página de la AEAT ha publicado el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación. Modificación necesaria tras la aprobación del Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita.

Incentivos fiscales para fomentar la creación de empresas y el autoempleo en régimen de autónomo

Con entrada en vigor a partir del 24 de febrero de 2013, el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, contiene una serie de medidas en diversos ámbitos de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, y que en el ámbito tributario se concretan en una serie de incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar los proyectos emprendedores y para fomentar el autoempleo en régimen de autónomo durante los primeros años de ejercicio de una actividad.

Antes de exponer las principales novedades fiscales que acabamos de enunciar, se hace necesario señalar que es la primera vez después de casi 14 meses, que vamos a comentar medidas que no suponen un incremento de impuestos y esperemos que supongan una buena iniciativa de apoyo al crecimiento empresarial.

Fomento del autoempleo en régimen de autónomos:

Con efectos 1 de enero de 2013 están exentas en IRPF la totalidad de las prestaciones por desempleo bajo la forma de pago único (anteriormente la exención estaba limitada cuantitativamente, en cuanto alcanzaba exclusivamente hasta los 15.500 €), con los siguientes requisitos:

Modificada la estructura organizativa territorial de la Agencia Tributaria

La Resolución 15 de febrero de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de, adopta medidas sobre estructura organizativa y modifica la Resolución de 21 de septiembre de 2004, que establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

A continuación reseñamos las principales medidas adoptadas:

En relación con las Delegaciones, se suprimen las doce Delegaciones de la Agencia Tributaria existentes en las provincias donde tienen su sede las correspondientes Delegaciones Especiales, en las cuales pasa a quedar integrada la estructura orgánica de aquellas, en concreto, quedan suprimidas las Delegaciones de la Agencia de Sevilla, Zaragoza, Oviedo, Las Palmas de Gran Canaria, Toledo, Valladolid, Barcelona, Badajoz, A Coruña, Murcia, Bizkaia y Valencia.

En relación a las Administraciones, para optimizar los recursos existentes, se continúa con el proceso de especialización de las funciones de control, y se avanza en el proceso de reordenación y concentración de las Administraciones situadas en un mismo término municipal. Como parte de dicho proceso de reordenación:

Proyecto de Orden Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012: aprobación modelos 108 y 208 y modificación modelos 202 y 222

Proyecto de Orden Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012: aprobación modelos 108 y 208 y modificación modelos 202 y 222

La AEAT ha hecho público el Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 108, “Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012 para sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Autoliquidación”, se aprueba el modelo 208, "Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012 para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento Permanente. Autoliquidación", se modifica la Orden HAP/2055/2012, de 28 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 202 y se modifica el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español y por la que se modifican otras disposiciones relativas al ámbito de la gestión recaudatoria de determinadas autoliquidaciones.

Proyecto de Orden Modelos de declaración del IS e IRNR (permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español) 2012

Proyecto de Orden Modelos de declaración del IS e IRNR (permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español) 2012

Ya se encuentra disponible en la página web de la AEAT el Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.

 Fuente: AEAT (08/02/2013)

Modelo 720: declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero

Como señalamos en su momento, concretamente en el apartado de novedades legislativas, la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, introdujo una nueva obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero, incorporando para ello en la Ley General Tributaria la disposición adicional decimoctava. El desarrollo reglamentario de esta disposición se llevó a cabo a través del Real Decreto 1558/2012, de 15 de noviembre, introduciendo en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos) esta nueva obligación de información en los tres artículos siguientes:

  • Artículo 42 bis. Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Artículo 42 ter. Obligación de información sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
  • Artículo 54 bis. Obligación de información sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

Publicados los modelos del Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas (modelos 230 y 136)

Con entrada en vigor a partir del 1 de febrero, la Orden HAP/70/2013, de 30 de enero aprueba los modelos 230 (IRPF e IRNR, IS: retenciones e ingresos a cuenta) y 136 (IRPF e IRNR. Autoliquidación) relativos al Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas.

Como recordarán la Ley 16/2012, de 27 de diciembre (por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica), modificó, con efectos desde el 1 de enero de 2013 la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, estableciendo la sujeción al IRPF a través de un gravamen especial, de los premios pagados correspondientes a sorteos celebrados a partir del 1 de enero de 2013, de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles. Asimismo, se someten a dicho gravamen especial los premios de las loterías, apuestas y sorteos organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades españoles anteriormente señalados y que hasta ahora estaban exentos.

Nuevas cuantías de indemnizaciones en 2013, para valoración de daños en accidentes de circulación

La Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2013 el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Dichos importes son importantes a la hora de fijar las cuantías exentas del IRPF respecto a las indemnizaciones a que se refiere el artículo 7 d) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Cooperación reforzada en el ámbito del impuesto sobre las transacciones financieras

Con fecha de hoy, el Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado una Decisión del Consejo, concretamente la Decisión de 22 de enero de 2013, por la que se autoriza una cooperación reforzada en el ámbito del impuesto sobre las transacciones financieras (2013/52/UE), a través de la cual se autoriza al Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la República de Estonia, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia y la República Eslovaca a instaurar entre sí una cooperación reforzada en el ámbito del establecimiento de un sistema común del impuesto sobre las transacciones financieras, en aplicación de las disposiciones pertinentes de los Tratados.

Proyecto de Orden Acontecimientos de excepcional interés público: Manual de criterios de aplicación de los beneficios fiscales regulados en el art. 27.3 de la Ley 49/2002

Proyecto de Orden por el que se aprueba la relación de valores negociados en mercados organizados: valor de negociación medio 4º trimestre 2012

La AEAT ha publicado en su página web el proyecto de Orden por la que se aprueba el manual de criterios de aplicación de los beneficios fiscales previstos en el apartado primero del artículo 27.3 de la ley 49/2002 correspondientes a los gastos de propaganda y publicidad que sirvan para la promoción de los acontecimientos de excepcional interés público.

Con el objeto de garantizar la unidad de criterio en la aplicación de la normativa, y de dotar de la seguridad jurídica necesaria a los programas de apoyo a los acontecimientos de excepcional interés público, el Departamento de Gestión Tributaria ha considerado necesario establecer determinados criterios interpretativos o aclaratorios de dicha regulación.

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