Proyecto de orden por el que se modifican varias declaraciones informativas: Modelos 181, 184, 189, 193, 194, 196, 198, 280 y 289
Enviado por Editorial el Lun, 01/07/2019 - 14:48
Las mejoras en los mecanismos de control y de asistencia al contribuyente, requieren realizar una serie de modificaciones de la normativa relativa al suministro de información derivado de determinadas obligaciones informativas
El Ministerio de Hacienda ha publicado un Proyecto de Orden por el que se modifica el contenido de diversos modelos de declaraciones informativas con el objeto de integrarlas en una misma norma, constituyendo una mayor garantía de conocimiento por parte de los diferentes obligados tributarios de las modificaciones que se llevan a cabo.
Las principales modificaciones de este proyecto son las siguientes:
- Modelo 181 de declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles. Se añade un nuevo campo “conversión en activos diferidos” para informar de los préstamos y créditos por los que se ha realizado una dotación por deterioro derivada de la posible insolvencia del deudor no vinculado, con la finalidad de facilitar el control de estos activos diferidos.
- Modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas. Se incluye un mayor desglose de los gastos deducibles y se añade la información relativa a la fecha de adquisición y valor de adquisición del inmueble generador de rendimientos del capital inmobiliario para facilitar el control de las amortizaciones relativas a los mismos por este tipo de entidades.
- Modelo 189 de declaración informativa de valores, seguros y rentas. Se modifica el campo “número de valores” para homogeneizarlo al modelo 198 y se añade el campo “nominal de los valores” al objeto de tener un elemento adicional de identificación de los valores y así adaptarlo a la información requerida para un adecuado funcionamiento de los nuevos sistemas de asistencia al contribuyente relativos a la cartera de valores del contribuyente.
- Modelo 193, de declaración informativa de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas en el IRPF, IRNR e IS. Se modifica el campo “pago”, para evitar errores de cumplimentación para dividendos de valores extranjeros en los que la entidad declarante no es el primer pagador en España.
- Modelo 194, de declaración informativa de retenciones e ingresos a cuenta en el IRPF, IS e IRNR sobre rendimientos de capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Se actualiza la información relativa al campo “valor de transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión”, incluyendo la misma precisión que la existente en el campo valor de adquisición (no minoración de los gastos accesorios a la operación).
- Modelo 196, de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras. A efectos de comunicaciones permite la posibilidad de indicar una dirección en el exterior.
- Modelo 198, de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios. Se añaden y modifican diversas claves del modelo para asistir al contribuyente en la llevanza de su cartera de valores negociados, que en concreto se manifiestan con una mayor identificación de los valores.
- Modelo 280, declaración informativa sobre planes de ahorro a largo plazo. Se modifican los campos “número identificativo de la declaración” y “número identificativo de la declaración anterior”, con la finalidad de sustituir el sistema de multienvíos (hasta 30.000 registros) por el nuevo sistema TGVI online, aplicable a este modelo desde el ejercicio 2019. De esta forma, ya no hay que hacer referencia en estos campos al número de envío (3 últimos dígitos), necesario en el caso del sistema de multienvíos.
- Modelo 289 relativo a la declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua (CRS). Se actualiza el contenido de los anexos I y II a la situación actual de los países comprometidos al intercambio de información, incluyendo en el listado a los países con los que se intercambiará a partir del ejercicio 2020.
Fuente: Ministerio de Hacienda (01/07/2019)