Proyecto de Real Decreto que adapta el Reglamento del IRPF a los Presupuestos para 2021
El Ministerio de Hacienda ha publicado un Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el RD 439/2007, Reglamento del IRPF.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 ha introducido diversas modificaciones en la Ley IRPF, estableciendo una nueva escala general estatal con la correspondiente subida del tipo marginal aplicable a las rentas más altas y una escala de retenciones aplicables a los perceptores de rendimientos del trabajo. Esta medida viene acompañada por una reducción del límite general aplicable en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
El Real Decreto tiene por tanto como objetivo adaptar el Reglamento del IRPF a las modificaciones mencionadas en aras a mantener los principios de seguridad jurídica, eficacia, proporcionalidad, transparencia y eficiencia.
Con relación a los límites aplicables a las reducciones en la base imponible por aportaciones a los sistemas de previsión social, se distingue entre las aportaciones realizadas por el propio contribuyente y las contribuciones empresariales realizadas por el promotor. En caso de concurrencia de unas y de otras, sin que la totalidad de las cantidades puedan ser objeto de reducción por insuficiencia de base imponible o por aplicación del límite porcentual, se aplicará el criterio proporcional establecido en la norma a efecto de determinar la procedencia de tales excesos, que podrán ser aplicados en los cinco ejercicios siguientes.
Se establece igualmente un criterio para determinar como se podrán reducir los excesos pendientes de reducción a 1 de enero de 2021 al haberse generado en ejercicios en los que el límite de reducción no distinguía por el origen de la aportación.
El apartado dos del artículo único del Proyecto adapta la escala de retenciones aplicables a los perceptores de rendimientos del trabajo con arreglo a la establecida en la Ley de Presupuestos del Estado para 2021, y se modifica el Reglamento fijando un tipo de retención máximo en caso de regularización en el 47% al haberse subido dos puntos el tipo marginal máximo de la escala de retenciones.
Por último, se adapta el tipo de retención aplicable a los trabajadores desplazados en territorio español como consecuencia de las modificaciones que la citada Ley de Presupuestos ha establecido.
Fuente: Ministerio de Hacienda (04/02/21)