No cabe sanción cuando se acude a los servicios de asistencia de la Administración para la declaración (TSJ Canarias 24-03-2006)
Enviado por Editorial el Mar, 05/09/2006 - 19:28
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 24 de marzo de 2006, sigue un criterio no pacífico en la jurisprudencia de los distintos tribunales en este asunto. Así, ante un supuesto de declaración elaborada por los servicios de asistencia de la Administración, entiende que es sumamente complicado apreciar la culpabilidad necesaria para la aplicación de una sanción tributaria cuando la actuación del contribuyente obedeció a la confianza plena que depositó en una asesora perteneciente a la Administración pública, cuya función era, justamente, facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Sentencia extraída de NORMACEF FISCAL, base de datos especializada en el ámbito tributario: NFJ022760