El TJUE avala la sujeción a ITP de la adquisición por una empresa a particulares de piezas de oro y de metales preciosos con vistas a la reventa
La Directiva 2006/112/CE del Consejo (Sistema Común del IVA) y el principio de neutralidad fiscal no se oponen a la normativa española, que somete a un impuesto indirecto que grava las transmisiones patrimoniales (ITP), distinto del impuesto sobre el valor añadido, la adquisición por una empresa a los particulares de objetos con alto contenido en oro o en otros metales preciosos, cuando tales bienes se destinen a la actividad económica de dicha empresa, la cual, para su transformación y posterior reintroducción en el circuito comercial, revende los bienes a empresas especializadas en la fabricación de lingotes o piezas diversas de metales preciosos.
(Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 12 de junio de 2019, asunto C-185/18)
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