La vivienda habitual gran protagonista en las medidas fiscales en la Comunidad Valenciana

Principales novedades de la nueva Ley de medidas fiscales de la Comunidad de Valencia en materia de IRPF, ITP, Tributo sobre el juego e Impuesto sobre Hidrocarburos.

La Generalitat Valenciana ha aprobado la Ley 22/2017 de Presupuestos, la Ley 21/2017 de Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat y la Ley 20/2017 de Tasas.

Centrándonos en la Ley de medidas fiscales, las principales novedades desde el punto de vista tributario son:

IRPF

Se modifican los requisitos y los límites para la aplicar la deducción por el arrendamiento de vivienda habitual. De este modo, para aplicar la deducción se hace necesario que tanto el contribuyente como el arrendatario presenten la correspondiente autoliquidación del ITP y AJD derivada del contrato de arrendamiento de la vivienda.

Por otro lado, el límite de la deducción se amplía hasta los 550 euros con carácter general (anteriormente 459 euros), y hasta los 700 euros para los casos en los que el arrendatario tiene una edad igual o inferior a 35 años o una minusvalía física igual o sensorial (anteriormente 612 euros). En el caso de arrendatarios en los que concurren ambos requisitos de edad y minusvalía, se amplía el límite hasta los 850 euros (antes 765 euros).

Para acceder a la mencionada deducción es necesario que la base liquidable general y del ahorro del contribuyente no sea superior a 25.000 euros en tributación individual o 40.000 en tributación conjunta, mientras que antes de la entrada en vigor de la Ley, los límites eran de 30.000 y 50.000 euros.

ITP y AJD

Se añade una nueva bonificación en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas para aquellos casos de transmisión de viviendas a un profesional o entidad del sector inmobiliario para posteriormente ser vendida o alquilada como vivienda habitual de una persona física. El porcentaje de bonificación será del 50% con carácter general, pudiendo alcanzar el 70%.

En concreto el 50% de bonificación se obtendrá cuando la vivienda se destina al arrendamiento o cuando estando destinada a venta se hayan realizado en ella obras de conservación o mejora del rendimiento energético, salubridad, accesibilidad o supresión de barreras arquitectónicas. En el caso de concurrir ambos requisitos, es decir cuando la vivienda se destine al arrendamiento y además se realicen en la misma las obras de conservación o mejora, la bonificación alcanzará el 70%.

Tributación sobre el juego

En relación al tributo sobre los juegos de suerte envite o azar, destacan la sustitución de la cuota anual por cuotas trimestrales en el caso de explotación de máquinas y aparatos automáticos; un aumento generalizado del tipo de gravamen para los juegos realizados en casinos y en establecimientos distintos a los casinos; y la regulación de ciertas exenciones en el caso de sorteos, rifas o tómbolas (como por ejemplo las realizadas por la ONCE o Cruz Roja) junto con un aumento generalizado del tipo de gravamen de estas rifas y sorteos, así como sobre las apuestas.

Impuesto sobre Hidrocarburos

Se mantiene el tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional de 48 euros por 1000 litros hasta 31 de diciembre de 2018.