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plusvalia por la venta de una vivienda en madrid por persona mayor de 65 años

Tengo 70 años, y voy a vender mi vivienda que ha sido mi vivienda habitual por más de veinte años, para comprarme otra de menor importe, me gustaría saber si tengo que pagar plusvalía por la cantidad sobrante.Tengo entendido que si eres mayor de 65 años y ha sido tu vivienda habitual estás exento de pagar el 18%. En caso de ser así,¿ la tributación en la declaración del año que viene de este dinero que me sobra solo será por los rendimientos que me de?. Muchas gracias por la ayuda

En efecto, el art 31.4.b del TRLIRPF, declara exenta la ganancia patrimonial derivada de la transmision de su vivienda habitual por contribuyentes mayores de 65 años.
La exencion de la ganancia patrimonial es de aplicacion tambien a la transmision de la nuda propiedad de la vivienda habitual, reservandose el contribuyente mayor de 65 años el usufructo (DGT 23-6-97).
Si la vivienda habitual es un bien ganancial y solo uno de los conyuges supera los 65 años, la exencion solo alcanza a este y se aplica sobre el 50% de la ganancia patrimonial (DGT 31-1-03).
Las cantidades que no gaste en la compra de la nueva vivienda y que invierta en algun producto de alguna entidad de credito (fondos, acciones, plazo fijo, seguros, etc) tributaran en todo caso por los rendimientos que generen. Con la entrada en vigor de la nueva ley del IRPF todos los rendimientos del ahorro tributan al 18%.