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La venta de los derechos de una vivienda en construcción (llamado "pase") antes de escriturar es legal?

Expongo el caso:

¿Es legal la venta de los derechos adquiridos sobre una vivienda en construcción?
Tengo entregado al promotor 27mil euros, este me permite vender antes de escriturar a un tercero.
¿Esto se puede hacer?

De hacerlo ¿Cuál es la fórmula correcta? ¿Se considera el benefecio obtenido GANANCIA PATRIMONIAL? De ser ganancia patrimonial ¿tributa al 8&?

¿El comprador tercero que va adquirir derechos ha de pagar el ITP?

Muchas gracias. Es muy urgente

cierta doctrina defiende que el pase antes de firmar el contrato privado, no tributa por nada, y es muy defendible.

Una vez firmado el contrato, se entiende 2º entrega por lo que habria que pagar un 7% tu comprador en concepto de TPO, y tu tendrias una ganancia patrimonial que iria al 18% efectivamente.

Imagino que tendrá firmado un contrato privado con el constructor o promotor al que le ha entregado sus 27.000€, en el cual se detallará la propiedad que usted ha comprado, y que ahora pretende transferir a un tercero, generando una ganancia patrimonial, ¿correcto?

Para que la operación sea totalmente legal, interpreto que la ganancia patrimonial generada en la operación de compra-venta debe ser incorporada a su declaración anual de IRPF, aunque es bastante habitual que ésto no se haga ya que este tipo de transacciones se suelen realizar con dinero opaco al fisco.

Evidentemente en la transacción que usted piensa realizar no existe liquidación de ITP, aunque ésta deberá efectuarse posteriormente por la persona que le compre la vivienda, cuando pretenda escriturarla e inscribirla en el Registro de la Propiedad.