Tributación Donación
Enviado por irpf el Sáb, 03/11/2007 - 11:38
Buenos días.
- A la hora de presentar, el próximo año, la declaración del IRPF: ¿en una DONACIÓN se aplican también los coeficientes de abatimiento y, por tanto, si la vivenda es de 1983 estaría exenta de pago hasta el 19-01-2006?.
Gracias.
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Estimo que es así, salvo
Estimo que es así, salvo mejor opinión.
la pregunta es... donde esta
la pregunta es... donde esta la ganancia patrimonial en una donacion?? yo no la veo....
Aclaración.
Me habían comentado que la donación tributaba como una venta por eso os indico los datos citados.
Saludos.
Para el donante la ganancia
Para el donante la ganancia patrimonial al hacer una donación tiene el mismo tratamiento que si fuera una venta. Es decir, la g.p. es la diferencia entre el importe de la donación y el de la adquisición en su día por el donante.