IVA aplicable a alquiler de local
Enviado por glogomgar el Mié, 07/11/2007 - 10:33
Buenos días. Mi padre tiene un local comercial alquilado desde octubre de 2006. El IVA que se estaba reteniendo era el 15% y hemos recibido una carta del arrendatario en la que nos comunica que, por un error suyo, no lo había subido desde enero de 2007 al 18%, por lo que regularizaba todo el año en el pago de este mes de noviembre.
¿Es correcto hacerlo así? ¿Estamos obligados a aplicar el 18% aunque el contrato sea anterior a la entrada en vigor de la nueva ley? ¿Podemos pedir un certificado de retenciones al inquilino, para la próxima declaración de la renta? Gracias.
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Regularizar la retención del 18 %
Puedes regularizar la retención del 18 % (1) y solicitar un certificado del inquilino en que conste la retención realizada en el año, a los efectos de tu declaración anual del IRPF.
La retención del 18% es desde el 1º de enro de 2007 y no tiene nada que ver la fecha del contrato de arrendamiento.
La factura debe incluir el IVA (al 16%) y la retención a cuenta del IRPF. El arrendador (tu padre) debe declarar trimestralmente el IVA (modelo 300) y el resumen anual (modelo 390).