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alquiler vivienda

Tengo una vivienda en propiedad compartida al 50% con mi pareja, no tenemos relación legal, la tengo alquilada a un particular con mi nombre y yo no tengo ningún ingreso adicional a este alquiler. ¿Debo presentar algún tipo de declaración a hacienda? El importe anual del alquiler no supera los 9.000 €. Por otro lado esta vivienda ha sido la habitual hasta hace poco, pues hemos vivido en ella más de cinco años, ahora por trabajo estamos viviendo en otro domicilio, ¿sigue siendo vivienda habitual a pesar de estar alquilada?
Tenemos intención de adquirir otra vienda tambíen al 50% para alquilarla a particulares a nombre de mi pareja, ¿Como debe realizar la declaración ante hacienda por esta nueva vivienda, puede desgrabarse los intereses y la amortización del préstamo al 100% ya que el alquiler será sólo a su nombre? Gracias.

Para ser vivienda habitual debe residirse en ella de forma efectiva. La Dirección General de Tributos exige además que se viva en ella hasta el momento de venderla para que sea considerada vivienda habitual y la ganancia patrimonial obtenida por su transmisión pueda beneficiarse de la exención por reinversión. por tanto, en tu caso, no es vivienda habitual. la ganancia obtenida tributará en el IRPF al 18%.
A efectos del IRPF, ambos debéis declarar las rentas obtenidas por el alquiler como rendimientos de capital inmobiliario por la parte en que seais titulares y no por la persona que haya suscrito el contrato. es decir, cada uno deberá declarar el 50% de las rentas inmobiliarias por cada uno de los inmuebles que tengais arrendados.
Respecto a las deducciones por gastos de mantenimiento y demás necesarios para el arrendamiento, lo serán también en el porcentaje de titularidad.

Asesor jurídico fiscal

Para la adquisición de la segunda vivienda hemos formalizado un préstamo y una garantía hipotecaria sobre la primera vivienda, ¿se pueden deducir del importe de los alquileres los gastos de las dos hipotecas? En mi caso sin tener otros ingresos ¿estoy obligada a presentar declaración de la renta? Gracias.

En principio, son deducibles todos los gastos necesarios para obtener el rendimiento que se declara, por lo que entiendo podrás deducirte los intereses pagados y gastos relativos a la adquisición de cada una de las viviendas.

Respecto a tu obligación de declarar, sin más datos no te puedo decir aclarar nada.

saludos,

Asesor jurídico fiscal

Gracias por la aclaración, en cuanto a si debo hacer la declaración no cuento con más ingresos que los que generan los alquileres, el total del año 2007 asciende a 6675,00€ que corresponde a mi 50% de propiedad de las viviendas. Un saludo.