mod 347 y facturas del año anterior.
Enviado por maria3597 el Sáb, 15/03/2008 - 11:53
Hola tengo una duda, como hacer para contabilizar unas facturas del año anterior y hacer que me cuadre en el mod 347 la cantidad de los proveedores con las mias,yo llevo varias empresas, entonces mi pregunta es que si recibo facturas en este año del año pasado y me deduzco el iva nunca me va a cuadrar la cantidad del año anterior con el prov. ya que no las declare en su año y este año tambien tendre fact de año anterior por lo que no me coincidira con su cantidad, como he de hacerlo.Gracias de antemano.
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No incluir en el modelo 347
Para que no te incluya una factura en modelo el 347 normalmente los programas de contabilidad tienen una opción de incluirla o no en el modelo 347, por ejemplo el contaplus cuando haces un asiento y pones la cuenta 472 o 477 tiene un cuadradito que te dice incluir en el modelo 347 si quieres lo desactiva y ya no te la incluye.
carta del 347
necesito vuestra ayuda, el año pasado fué la primera vez que hice esto y lo cogí al vuelo porque nadie me explicó nada, ahora tengo que volver a hacerlo y tengo cartas que me mandan proveedores para comprobar si tengo la misma cantidad que ellos...no me coincide ninguna!!! pero tampoco estoy segura...es la suma de la cantidad del haber no?? estoy empezando a rayarme sola y me estoy bloqueando...y si es mas la cantidad que yo tengo que pasa que es beneficioso para él o para mi empresa?? por favor, necesito ayuda urgente!!!mil gracias...
Base+IVA
Lo que se declara es la Base + el IVA de las facturas.
Yo prefiero declarar lo que puedo justificar.
Las diferencias hay que estudiarlas.
TIPO GRAVAMEN REDUCIDO ITP
Hola tengo una duda urgente: Que tipo de gravamen en el impuesto de transmisiones patrimoniales se aplica en la compra de un solar para edificar en Andalucia.
Mica caso es la compra de una nave, que se derriba para construir viviendas nuevas.
Existe un tipo reducido al 2% en la vivienda. ¿se aplica tambien en la compra de un solar? tengo entendido que no, pero otros compañeros me han comentado que se aplica el 2%. Por favor, me gustaria que me respondiesen acerca de este tema, comentando los artuculos de la ley.
ley consultada (ley 10/2002 de 21 de diciembre)
gracias anticipadas
¿Que sucede si no cuadra la cantidad con la del cliente?
Un cliente al que le hemos emitido varias facturas, nos solicita que comprobemos si hemos presentado la misma cantidad que ha presentado él. La cantidad no me cuadra. No se si es porque no se si lo que hay que sumar es ¿la Base Imponible o el Total de la Factura?
Aún así, no tengo la misma cantidad que él. ¿Que puede suceder?
Gracias