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CUENTA VIVIENDA

Tengo una cuenta vivienda que vence en Agosto. Mi padre me va a donar un solar y le voy a vender la mitad del solar a mi novio para construirnos una casa entre los dos.

¿Puedo pagar el plusvalía y el impuesto de sucesiones y donaciones correspondiente a la donación, del dinero de la cuenta vivienda?, ¿o sólo debo destinar la cuenta vivienda para los gastos de la construcción?

¿Puedo pagar yo sola de mi cuenta vivienda la licencia de obras y los primeros gastos de construcción hasta cancelar el saldo de dicha cuenta ya que ésta vence en Agosto , y a continuación mi novio ya puede empezar a pagar de su cuenta vivienda ya que él tiene más tiempo? O como vamos a ser los dos promotores, los gastos de construcción se considerarán la mitad cada uno? ¿Tendrían que estar las facturas primeras sólo a mi nombre, o con que esté pagado con transferencia todo desde mi cuenta vivienda es suficiente?

Gracias

Hola.
¿cuando constituyó la cuenta vivienda?

Hola, abrí la cuenta vivienda en Agosto de 2004, por tanto ahora en Agosto de 2008 cumple los cuatro años y tengo que destinar todo el saldo a inversión en futura vivienda habitual. Y posteriormente tengo 4 años a partir que inicie con la construcción para terminar.

Mi duda es, si por cada factura que hay que pagar, se tienen que hacer dos transferencias (la mitad desde mi cuenta vivienda y la otra mitad desde la cuenta vivienda de mi novio), o se puede pagar una factura íntegra uno de los dos y otra factura el otro, para que dicha cantidad pagada de cuenta vivienda de derecho a deducción.

Gracias,
Saludos

No creo que sea necesario que los pagos se efectuen al 50%.

Además, la normativa se refiere a "los gastos derivados de la ejecución de las obras". Si entiendes que esos gastos están relacionados con las obras, tendrían que valor para la deducción.

Un saludo.