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OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACION

Hola,
Os molesto con dos dudas:
1) Está obligada a presentar declaración una persona con
a) Ingresos por RENDIMIENTOS DE TRABAJO por €18,391.00,(dieciocho mil trescientos novena y uno) (se practicó retención de 368,00),
b) Rendimientos de capital mobiliario: retención de 0,46 (cuarenta y seis céntimos) y
c) Rendimientos de dividendos / valores: retención de €2,50 (dos con cincuenta)

2) En el supuesto de no estar obligada a declarar puede solicitar la devolución de las retenciones y cómo?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Si solicita la devolución, está obligado a presentarla.
c) Contribuyentes, incluidos los no obligados a declarar por razón de la cuantía y naturaleza
o fuente de la renta obtenida en el ejercicio, que soliciten la devolución derivada de la normativa
del IRPF que, en su caso, les corresponda.

Por lo que respecta a los rendimientos y su naturaleza, me parece que no estaría obligada.

Para más referencia, puedes bajarte el manual de renta de www.aeat.es
En su página 2 están las condiciones.

Muchas gracias sabakister!
Tu respuesta ha sido de mucha utilidad
Saludos cordiales,

No estas obligado a presentarla por no llegar a 22.000€ y un solo pagador.
Pero si te sale a devolver, tienes la opcion de presentarla.

saludos.

Gracias por vuestras respuestas. Sigo teniendo dudas por los motivos siguientes:

1) En visita a la AT local, me indican que SI hay obligación de presentar declaración porque los rendimientos de capital mobiliario (aunque sean ínfimos) se unen a los rendimientos de trabajo. Ellos aplicaron este criterio:
"Quiénes están obligados a declarar: 2) Los contribuyentes que en el ejercicio 2007 hayan obtenido exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas, así como de ganancias patrimoniales HASTA UN IMPORTE MAXIMO CONJUNTO DE 1,000 EUROS ANUALES, y pérdidas.... etc."

2) En comunicación telefónica con atención al contribuyente (ràpido, atento y eficiente servicio), me informan que NO HAY OBLIGACION DE DECLARAR porque los €18,000.00 y tantos euros provienen de un solo pagador y que para los ingresos de capital mobiliario aplica una norma distinta, vamos que no son rendimientos conjuntos.

Qué opináis?

Gracias por aportar vuestros conocimientos.

Si solicitas la devolución de las retenciones, estás obligado.
En otro caso, no.
Eso es lo que yo he entendido.

Gracias sabakister
Gracias calamog

La intención principal es el cumplimiento de la obligación no el reclamo de la retención.

La devolución es una duda que ha quedado aclarada (si se solicita se presenta, si no se solicita, no hace falta). Y la decisión tomada es que si no hay obligación de declarar no se reclamará ninguna retención.

Pero, repito, la duda principal es la obligatoriedad de la presentación y su cumplimiento dados los rendimientos (de trabajo y mobiliarios) obtenidos. Es necesario despejar completamente la duda de la obligación de la presentación y por eso os he vuelto a molestar.

Nuevamente gracias por vuestro tiempo.