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venta con donación

Hola a todos, tengo una mezcla de conceptos en mi mente, a ver si me pueden ayudar.

Mis padres compraron una vivienda hace más de 40 años, mi padre murió y no dejó testamento. Somos cuatro hijos. En esa vivienda vive desde hace casi 20 años uno de mis hermanos, sin pagar absolutamente nada: ni IBI, ni comunidad...De todo se ha seguido ocupando mi madre. Uno de mis hermanos ha reclamado su parte de este piso, él decía que "reclama parte de la herencia" pero entiendo que como mi madre vive en todo caso será una donación,¿no?
Bueno, parece que el hermano que vive allí la compra, po 9.000.000 pts (barata, vamos). Mi madre decía que quiere venderla por 12.000.000 pts pero como va a repartir a partes iguales entre los cuatro el valor de venta, con los 9.000.000 que paga el comprador queda beneficiado como los demás. Yo no estoy segura de eso porque ella va a pagar impuestos por 12.000.000 pesetas en la venta, ¿no? O sea, que ella pierde.¿Cual sería la mejor forma para que quede clara la operación?
Otra cosa que me preocupa es los gastos en los que incurrirá ella como vendedora, no sé a cuanto pueden ascender y quiero que eso esté claro para que ella lo tenga previsto antes de ponerse a repartir dinero, para que se cubra y luego no le vengan problemas.(A saber por cuánto compraron la casa en su día, yo ni había nacido).

Otra cosa, si luego nos reparte a cada uno de los tres hermanos restantes a partes iguales el dinero de la venta, eso sería una donación, ¿no? ¿Y cómo tributa? Por si sirve de ayuda vivo en Canarias y mi madre tiene 70 años.
Siento mezclar tantas cosas pero estoy bastante liada con todo y me gustaría aclarar conceptos, posibilidades...
Gracias

Hola

Te resumo las operaciones:

1º Herencia: Entiendo que esa vivienda (40 años de antigüedad), formaba parte de la sociedad de ganancias de tus padres.

Por tanto, la mitad de esa vivienda sería de tu madre.

Además, en esa herencia, tu madre tendría que heredar el denominado usufructo vidual.

De esta forma, la propiedad de la vivienda sería así:

50% de propiedad plena: madre

50% hijos por partes iguales.

Además, tu madre sería la propietaria del usufructo del 33% de ese 50% de los hijos.

Esto lo tendríais que documentar debidamente con una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

Esta operación estaría sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, ya estaría prescrito, por lo que no tienes que pagar nada por esto, salvo los gastos del notario y registro de la propiedad, básicamente.

2º Compraventa: como puedes ver, tu madre no es la propietaria de la vivienda, por lo que solo podría vender su parte (el 50%), pero no la vuestra.

Por tanto, creo que deberíais arreglar los papeles ante notario de la herencia.

Y sabiendo la situación que tenéis, acordar un precio con tu hermano.