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Venta de Vivienda

Voy a intentar exponer el tema lo mas claro posible a ver si alguien me puede decir como funciona la fiscalidad de la venta de una casa.

1.- Compre una vivienda(habitual) en 1997 por unos 100000€
2.- Compre una segunda vivienda(habitual) en 2005 por unos 270000€
3.-Vendí la primera vivienda en 2006 por unos 290000€
4.- Y ahora estoy pensado en vender la nueva por unos 220000€ ya que creo que no me merece la pena seguir pagando la hipoteca.

Eso es mas o menos la situación, que impuestos hay que pagar al respecto, en la primera venta/compra doy por echo ya que ademas nadie me lo ha reclamado que no hay que pagar nada porque se vende una casa para comprar otra, pero esta segunda venta no se si tendría que pagar algo.

Gracias.

Pos vaya, a ti te hacen la vista gorda no? La inspección tiene 4 años desde que presentas la declaración.

Según Consumer:

La venta de una vivienda también tributa a efectos de la declaración de la renta. En este caso, el aumento del patrimonio debería incluirse en el impuesto y contribuir por ello. No obstante, si la venta corresponde a la vivienda habitual y el capital de la venta se destina a la compra de otra vivienda habitual no hay que declarar nada.

Por lo que doy por echo que la primera operacion esta exenta, ahora el tema esta, para la venta de la segunda, ya que no hay otra compra, tendre que declararla, pero mi duda es: hay que calcularlo sobre el importe de venta de la segunda - el importe de compra de la primera? o el importe de venta de la segunda - el importe de venta de la primera?, si es asi esto es negativo, no se muy bien que pasaria.

Venta primera vivienda:

se puede considerar exenta por reinversion en vivienda habitual pues se puede comprar la nueva dos años antes o dos años despues de la venta de la primera. No es que "se de por echo" es que es lo que dice la ley. Como la inversion nueva se hizo antes de la venta no había obligación de comunicar la reinversión. Por eso hacienda no dice nada. (todo esto independientemente de las deducciones por adquisición de vivienda que no analizaremos aqui).

Por la venta de la segunda:

Si se vende antes de transcurridos 3 años desde la declaracion como habitual y te has deducido anteriormente en el irpf por este concepto, Hacienda te puede exigir la devolución de estas deducciones.

Por la venta se paga un 18% del beneficio fiscal de la venta.

Schaefer Asesores
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