cuidado al vender tu piso
Enviado por joniangulo el Lun, 25/08/2008 - 14:34
Hola mi mujer y yo vivimos en un piso pero la hipoteca esta puesta a su nombre y el piso figura solamente de ella ya que lo compro antes de casarnos. Ahora vamos a vender el piso y comprar una casa, invirtiendo todo el dinero de la venta del piso en la casa nueva. LA CASA LA QUEREMOS PONER A NOMBRE DE LOS DOS, PERO MI DUDA ES HACIENDA TE PUEDE SANCIONAR POR ALGO EN ESTA OPERACIÓN?
por favor queria saber si puedo ser sancionado y que debo hacer para no serlo , un saludo a todos y gracias.
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DATOS
seria conveniente que aportara datos numericos para contestarle mejor.
datos numericos
el piso valio en su dia 22 millones de pesetas y la casa 80 millones de pesetas. Del piso nos quedan por pagar 12 millones y que aunque los tenemos los estamos destinando a las entregas que hay que hacer para el pago de la casa,el piso lo tenemos pensado vender en 43 como poco.
Haber si con estos datos me podeis aclarar algo , un saludo y muchisimas gracias.
para que la ganancia
para que la ganancia patrimonial quede exenta por reinversion en vivienda habitual, su mujer tiene que dedicar a la compra de la casa nueva todo lo obtenido en la venta del piso menos el saldo pendiente de la hipoteca. En este caso 43-12=31. No aclara si el piso lo compro antes de 1994. En ese caso tendria derecho a aplicar los coeficientes de abatimiento a la ganancia patrimonial generada antes del 20 de enero de 2006 y la cantidad a reinvertir obligatoriamente seria menor.
Por tanto si el piso lo quieren poner al 50 por ciento deberan reinvertir para no pagar nada por la venta del piso 62 millones pues Hacienda dividira por dos todo el dinero que pagen por el piso independientemente de que sea de uno o de otro. El valor de la hipoteca máxima a pedir para el pago de la casa sería de 18 millones de pesetas Si reinvierte menos tendria que pagar la parte proporcional de la ganancia patrimonial. Supongamos que reinvierte solo 50 millones. La mitad de su mujer serian 25 millones. 25/31=80.64%. Ese porcentaje aplicado a la ganancia patrimonial del piso, (43-22=21) da 16.93 mill reinvertidos. Por tanto no reinvertidos serian 21-16.93=4.07 el 18% serian 732000 pesetas a pagar en este caso. y asi tiene que operar para cualquier cantidad que vaya a reinvertir.