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¿Se necesitaria alguna licencia de actividades, si esa actividad no es remunerada?

Hola, soy nuevo en el foro, de fiscalidad no me entero mucho pues cada vez lo complican mas y estoy intentando conseguir alguna informacion sobre unas dudas que tengo.

Mi duda es la siguiente:
Tengo un local vacio, y mi pregunta es, si en él abro las puertas colocándole un cartel en la misma que ponga: Se reparan ordenadores gratis, y me van llegando personas para que les arregle el pc y no les cobro, aunque si que admita donaciones o la voluntad por repararlos, ¿podria tener problemas con hacienda por no tener ningun tipo de licencia de actividades?¿tendria que tributar por dar ese tipo de servicio?. Me estoy intentando informar y como nadie ha abierto ningun tipo de local asi, nadie sabe decirme si se necesita alguna licencia fiscal, si se necesita, cual debiera de ser, pues al no ser una actividad remunerada ¿que tipo de impuestos tendria que pagar?, no podria pagar I.V.A pues no existirian facturas ni estaria obligado a hacerlas y puesto que no estoy obligado a hacerlas tampoco tendria que presentar ningun tipo de retencion mensula o trimestral de los ingresos para el IRPF, pues no cobraria por dar mis servicios. ¿Habria que pagar por las donaciones que recibiera?, segun creo si que por donaciones se tributa, pero hasta que cuantia estan exentas de ello.
Un ejemplo de lo mismo pero sin un local, seria la gente que esta en la calle tocando musica o haciendo de mimo, los cuales reciben donaciones por su servicio de entretenimiento pero nadie les controla lo se lleban al cabo del dia, ni tienen que presentar ningun tipo de licencias creo. O otro ejemplo seria cuando una señora te pide un favor de si le ayudas a subirle la compra a casa y por estar agradecida te da 5 euros, o por ejemplo y es una pregunta mas, ¿se tributa lo que se recauda como propina en los bares? pues la propina es en realidad una donacion personal por el buen o mal servicio recibido.

Bueno gracias por vuestra información de antemano, sin mas se espero recibir en este foro visitas dandome algo de luz al respecto, atentamente Keler

No creo que una actividad no empresarial deba tributar.
Sería como definirnos deportistas de élite por hacer "footing" o actores por salir en las cámaras de seguridad del supermercado.

Pero es una opinión.

Las donaciones, en principio, no están exentas del IRPF. Tendrías que incluirlas en tu declaración.

Otra cuestión es que sean remuneraciones opacas para la Administración Tributaria.