Impuesto Bienes Inmuebles
Enviado por victor farago el Jue, 09/10/2008 - 12:49
Buenos días.
Estaba interesado en saber, si la deuda que se mantiene con un Ayuntamiento por los recibos de IBI atrasados, en el caso de que se produzca la venta de dicho inmuebe, recae sobre el nuevo propietario que adquiere el bien por tratarse de un impuesto que grava el inmueble ó si se trata de un impuesto personal por la titularidad de la propiedad y por tanto el Ayuntamiento puede y debe seguir reclamándoselo al anterior propietario.
Saludos y gracias anticipadas.
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En principio es personal,
En principio es personal, pero es una carga para el nuevo propietario ya que el Ayuntamiento puede ir en contra la propiedad.
¿Aún no teniendo el nuevo
¿Aún no teniendo el nuevo propietario responsabilidad en la deuda?
Saludos