PROVIDENCIA DE APREMIO
Enviado por usujua el Sáb, 25/10/2008 - 20:39
HOLA, ACABO DE RECIBIR POR CORREO A CASA UNA CARTA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA EN CONCEPTO DE PROVIDENCIA DE APREMIO. EN ELLA SE ME DEMANDA UNA DEUDA EN CONCEPTO DE SANCIÓN DE TRAFICO QUE ANTES NUNCA RECIBÍ POR NINGUNA VÍA.
EN CONCRETO HE RECIBIDO DOS CARTAS CON EL MISMO ASUNTO Y ENTRE LAS DOS SUMAN LA CUANTÍA DE 800 €.
¿QUÉ DEBERÍA HACER Y A DÓNDE TENDRÍA QUE IR PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA, TENIENDO EN CUENTA QUE NUNCA HE RECIBIDO ANTES ESAS SUPUESTAS MULTAS IMPAGADAS?
GRACIAS
Forums:
Apremio
Antes de haber recibido el recargo de apremio, te han notificado la multa.Esta notificación puede ser por dos medios:
1.- Por correo, en tu domicilio o dejando aviso para pasarlo a recoger a Correos en el plazo de 10 dias.
2.- Por publicación en el BOP al no poder realizarlo en mano. A todos los efectos, a los diez dias de la publicación queda notificado correctamente la multa.
Pues, mucho me temo, que fue por el segundo medio, por lo que SI que te han "notificado" las multas impagadas.
Saludos.
Exacto mira si te han
Exacto mira si te han notificado por comparecencia, en el BOP, y pide tu expediente a ver si hicieron antes los intentos de notificacion en tu casa.....
saludos
De todas formas, deberías
De todas formas, deberías recurrir. Normalmente, esas notificaciones por boletín están mal hechas.
Hay una amplia jurisprudencia relativa a la necesidad de la debida notificación. La notificación por boletín es la último opción de la Administración. Es la Administración la que debe acreditar que, antes de notificarte por boletín, lo que intentado por todas las direcciones que dispone de ti: tu domicilio fiscal, el lugar de tu trabajo, etc. que dispone la Administración.
Recuerdo un caso de un torero que fueron a notificarle en la misma plaza de toros, porque se sabía que iba a torear ahí.
En fin, la indebida notificación es una autentica indefensión para el adminsitrado (el contribuyente), al cual se le niega el conocimiento del procedimiento en que se encuentra y por tanto, efectuar su debida defensa ante del mismo.
providencia de apremio
Hola,acabo de recibir por correo una carta certificada de la agencia tributaria.En ella se me pide una deuda de trafico.
El tema es que yo cuando recibí la multa de la DGT hice un recurso de alzada el 4/12/2008, ya que yo no he cometido dicha infracción.No me han contestado mi recurso de alzada.Y encima hacienda me ha mandado una providencia de apremio.¿que debo hacer?¿es mejor que paque? o hago un recurso a hacienda?.Gracias un saludo