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¿Pagar 15% por venta de vivienda menos de 3 años si vendo mas barata que lo que me costo?

Hola:
Mi historia, muy resumida, es la siguiente: Compre un piso vivienda habitual en El Escorial en el año 2000 por 96.000 euros, lo vendi a los cinco años por 216.000 euros, por lo que obtuve un beneficio de 120.000 euros, de los cuales me quede con 20.000 para quitar deudas y gastos personales (coche, creditos). Entonces me quedaron 100.000 euros, lo cuales entregué en el 2006 para comprar un piso en Madrid como unica vivienda habitual, el cual me costo 290.000 euros (en A y escriturados). En estos dos años y pico, hacienda me reclamo pagarles 4000 euros por no invertir todo el dinero ( pague porque lo vi justo), al año siguiente me devolvieron 1300 euros y este año me han devuelto 200 euros. La cuestión es que mi pareja y yo nos hemos casado durante estos dos años y pico que llevamos en el piso nuevo. Debido a la crisis, a que la casa es pequeña y que estoy en paro... pues hemos logrado un comprador y se lo vendemos en unos días por 255.000 euros (todo en A). en definitiva, que no hemos hecho los tres años en este piso, que el piso esta a mi nombre y como me he casado lo vendo para comprar a medias con mi pareja, que se compró por 290.000 y lo vendo por 255.000 (osea que recupero 70.000 euros de los 100.000, pero no hay beneficio) ¿Debo pagar en mi declaración del proximo año el 15% si lo estoy vendiendo mas barato? ¿puedo agarrarme a la exención por matrimonio en el caso de tener que pagar? ¿puede tener algo que ver que yo invirtiera en este piso que ahora vendo las ganancias de mi casa de el escorial y ahora me perjudique?. Estoy muerto de miedo con lo que me pueda pasar, en paro... y sin conocimiento de leyes, no se si guardar un piquito de ese dinero para posibles sorpresas con hacienda en este tema, también me da miedo que la vendo en diciembre y que hacienda me reclame el año que viene aunque mi intención sea comprarme otra casa en unos meses (cuando tenga trabajo). Muchas gracias.

si la vendes por debajo del valor de compra lo que tendras es una PERDIDA PATRIMONIAL, y por lo tanto no tienes que tributar por ella si no todo lo contrario te devolveran.

Pero ojito con el valor de la venta, comprueba que el mismo, este por encima de los valores minimos de comprobacion....

Un saludo y animo en esta situacion tuya.