Banner Cursos CEF.- Tributación

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

DEVENTO Y PAGO DEL I.B.I

Buenas noches a todos! aquí va una cuestión que me ha dejado algo descolocada cuando lo he leído en clase..
?COMO PUEDE SER QUE ME ENVÍEN LA PROVIDENCIA DE APREMIO POR EL RECIBO DEL IBI 2007 A DÍA 4 DE JUNIO DE 2007, Si se devenga el impuesto el último día del año Y QUE ME HAYAN ENVIADO TAMBIÉN LA PROVIDENCIA DE APREMIO DEL IBI 2008 A DÍA 31 DE MAYO DE 2008?? ¿no se supone que todavía no se ha devengado el impuesto para que entoces me puedan exigir su pago?
UFF ESTOY SUPER LIADA, ¿ALGUIEN ME PODRÍA EXPICAR ESTO CON ALGÚN EJEMPLITO A VER SI LO ENTIENDO?

FINALMENTE, cuando lo vaya a pagar ahora, supongo que por estar en período ejecutivo (que todavía no entiendo por qué si se devengan a final de año) me cobrarán recargo, pero ¿me cobrarán intereses de demora o me impondrán alguna sanión?

MUCHÍSIMAS GRACIAS POR LAS FUTURAS RESPUESTAS!!!!

SALUDOS!!!

Vamos a ver el ibi se devenga el primer dia del año, lo que tienes que mirar es el plazo de pago que establece tu municipio, si lo establece hasta por ejemplo el dia 31 de enero, si no pagas en ese dia entras en periodo ejecutivo.

Como bien dices si entras en periodo ejecutivo, y recibes la providencia de apremio, lleva aparejado, recargo, intereses y sancion.

Todo te lo marca el periodo de pago que establezca tu municipio, saludos.

AMMMM!!! OK, PUES MUCHÍSIMAS GRACIAS POR LA RESPUESTA, ME HA SIDO DE GRAN AYUDA!!!!! MUCHAS GRACIASSS!!!!

RECIBA UN SALUDO!