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Fiscalidad ingresos excepcionales

Tengo dudas respecto a como debo reflejar en el I.S. los ingresos excepcionales: se funden con el resto de gastos e ingresos para dar el resultado final del ejercicio o tienen consideración especial?
Ejemplo de ingresos excepcionales que me ocupan:
- indemnizaciones de Cias. de Seguro por daños producidos
- intereses por pretamos a empresas vinculadas (evidentemente mi actividad no tiene nada que ver con la actividad financiera pero, como he tenido excedentes de tesoreria se los he prestado a empresas de mi grupo a tipo interes de mercado y creo que debo contabilizar los intereses como ingresos excepcionales)

Gracias anticipadas a todos los que me ayuden

Esos ingresos excepcionales forman parte de la Base Imponible del Impuesto.

En cuanto a los intereses cobrados a empresas vinculadas, tendrás que tener en cuenta que esas operaciones tendrán que valorarse a precio de mercado, debiéndose efectuar el ajuste positivo o negativo al resultado de la empresa.