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IVA

Hola,tengo un examen de IVA esta semana y necesitaría que alguien me resolviera una duda que me trae por la calle de la amargura.Resulta que la ley de iva diferencia entre operaciones sujetas (exentas y no exentas) y operaciones no sujetas. la diferencia entre estas la conozco, pero en mis exámenes tengo que clasficar además cada operación en dos columnas, una de operaciones gravadas y otra de no gravadas, supongo que para el cálculo de la prorrata. Y aquí es donde no se seguir. Tengo algunos exámenes solucionados y no se hacer esta clasificación porque algunas operaciones exentas las meten en operaciones gravadas y otras en no gravadas.¿las no sujetas siempre son no gravadas? por favor si alguien pudiera ayudarme le estaría muy agradecida, es la asignatura más dificil de mi carrera y necesito aprobarla.
Gacias!!!

fiscal

Dentro del IVA como en otros impuestos, existen operaciones Sujetas, No Sujetas y Exentas.

Las operaciones Exentas se clasifican dentro de las Sujetas, ya que para que se de la circunstancia de ser exenta antes ha de estar sujeta.

Lo aclaro con un ejemplo sencillo para que sirva como muestra.

Supongamos que tratamos el IVA aplicable a vehiculos,

Supongamos que tenemos Camiones y automóviles

Supongamos que el IVA solo va a gravar a los automóviles

Por tanto, se deduce que los Camiones no estan sujetos ya que no cumplen la condicion de automovil.

Por otro lado, los automóviles sí estan gravado, pero supongamos que deciden que los automoviles de color rojo estan exentos,

Por tanto todos los automóviles estan sujetos y gravados, pero los rojos que tambien estan sujetos pero se les aplica la exencion por cumplir la condicion del color