transferencia entre cónyuges en gananciales
Enviado por Lucia Moya el Dom, 07/06/2009 - 17:30
Quería saber en general si estando en régimen de gananciales, un cónyuge transfiere al otro una cantidad elevada o que constituya gran parte de su patrimonio, que tratamiento fiscal tiene, si se está obligado a declararlo y tributar, y en ese caso cual sería el conceptomás barato, donación, préstamo u otro. Gracias
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La situación ganancial
La situación ganancial entraña la circunstancia que todo el patrimonio es de ambas personas, provenga el rendimiento de quien provenga.
Asegurate de que lo que te ha transferido tu conyuge no le fuese privativo antes de constituir la sociedad de gananciales, en ese caso, lo podrías considerar préstamo sin mayor consecuencia fiscal entre particulares.
si, era privativo procedente de herencia. gracias, me aclaró lo
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