Alquilar vivienda para trabajador
Buenas! Necesitaría ayuda con el siguiente tema:
Estoy buscando vivienda para una trabajadora que viene trasladada de una empresa alemana a nuestra empresa. Nosotros le pagaremos los gastos del alquiler pero su sueldo viene de la empresa alemana:
1. ¿En este caso el arrendamiento de la vivienda no está exento de IVA por alquilarse a una empresa?
2. ¿El arrendador puede hacernos una factura con IVA con su NIF? (sin ser autónomo). ¿Para esto hay que darse de alta como retenedor en Hacienda? ¿Lleva retención de IRPF?
3. Si la factura nos la hiciera una empresa con su correspondiente CIF, ¿Llevaría retención de IRPF?
4. ¿Cómo se debe indicar en la factura que la vivienda es para uso de un trabajador trasladado de otra empresa extranjera?
5. ¿Hay que declarar este gasto como "Retribución en especie al trabajador" si no es un trabajador que pertenezca a nuestra empresa?. ¿Cómo se declara sino este gasto?
Muchísimas gracias de antemano. Se que son muchas preguntas pero es que no consigo aclararme para esta situación concreta.
Saludos!!
1.- Si el arrendador es un
1.- Si el arrendador es un particular, te debe facturar con 16%IVA (se deberá dar de Alta en hacienda en el censo del IVA)
2.- El arrendador es particular no retendrá por ser vivienda.
3.- Si el arrendador es una empresa deberas retenerle el 18%
4.- La factura te la hará el arrendador indicando simplemente "arrendamiento de vivienda" sin entrar en más detalles.
5.- Yo creo que para ti es un gasto puro de Arrendamiento (621)
Espero haberte ayudado
alquilar vivienda para trabajador
Sí, muchísimas gracias por tu ayuda, pero me ha surgido otra duda:
3. ¿Estamos obligados a retenerle al arrendador (empresa) el 18% de IRPF? Tenía entendido que al ser entre empresas no es obligatorio.
GRACIAS!
para que no le tengas que
para que no le tengas que retener a una empresa que arrienda, ha de estar dada de alta en el IAE en cuota nacional de arrendamiento y ha de proporcionarte el correspondiente certificado de hacienda de esta alta.
la reponsabilidad de retener es del pagador, por ello si no quieren que les retangas, pideles el certificado.