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Forma de proceder de un AMPA

Un saludo a todos ya que es la primera vez que entro en este foro.

Soy el tesorero de un AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos? de un colegio concertado (que es una fundación). El AMPA recibe las cuotas anuales de los padres asociados y además los padres aportan una cuota voluntaria mensual.

El destino de este dinero es subvención de ciertas actividades y la mejora de las condiciones para la educación en el centro. Dentro de esto último hay, por ejemplo, la compra de una cámara de fotos, compra de material escolar para las aulas y pago de ciertas obras de acondicionamiento de las instalaciones del centro.

Mis dudas y la consulta son las siguientes:

Hasta ahora, acabo de hacerme cargo de la tesorería, el AMPA daba el dinero al colegio y el colegio pedía la factura de las cosas a los proveedores y estos les generaban a ellos y con nombre y CIF del centro la factura.
Mi idea, y que yo entiendo lógica, es que si el AMPA paga algo, esa factura venga a nombre del AMPA y con el CIF del AMPA (que para eso lo tenemos, no?) y posteriormente hacer una donación del bien al centro.

Pero el "departamento economico del colegio" nos dice que si hacemos eso tendremos problemas fiscales, ya que tendremos que presentar el modelo 347 y otra serie de cosas que nos causarían muchos problemas.

Yo entiendo (no soy economista ni nada parecido) el modelo 347 es para los que generen facturas a otros, pero nosotros no generamos facturas, solo las pagamos. ¿esto es así o estoy confundido?

¿He de hacer algún tipo de declaración o cualquier otro procedimiento de cara a Hacienda?

¿He de pedir la exención del IVA y la declaración de entidad de carácter social o sin ánimo de lucro?

A la hora de hacer la donación de los bienes al centro, entiendo que ambos estamos exentos de tributar ya que lo nuestro es una asociación y el centro es una fundación. ¿Esto también es así?

Muchísimas gracias de antemano a todos.

UN AMPA creada como asociación sin ánimo de lucro se puede desgravar el iva?.
gracias

yo te puedo decir que el modelo 347 se presenta tanto si se hacen facturas como si se pagan. Es un modelo en lo que tienes que declarar tanto las compras como las ventas superiores a 3005,06 €.

el responsable del colegio lo que os pide, es que en vez de donar los bienes, le doneis el dinero para la compra de esos bienes, de esa manera, os ahorrais muchos tramites de gestion fiscal.

En mi opinión no teneis que presentar el 347 puesto que no realizais ninguna actividad empresarial ni profesional, aunque compreis cosas para vuestra asociación como es lógico con el dinero que recaudais de vuestros asociados.
En caso de recibir subvenciones si que tendriais que declarar, sólo por las subvenciones recibidas.

El iva que pagais de vuestras compras e inversiones no es deducible así que lo teneis que pagar como cualquier peatón.

...y esto se complica si llegais a realizar alguna actividad por la cual cobraseis dinero de terceros o asociados similar a la que se pueda encontrar en el mercado entrando en competencia con empresas o profesionales sl, sa o autónomos. Pero creo que no es vuestro caso, afortunadamente.
Creo que estás más acertado tú que el director del colegio.
saludos